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06/06/2019

Ayudas para fomentar la cooperación tecnológica entre las pymes

La Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente, a través del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, ha convocado las ayudas correspondientes al Programa Desafíos I+D Región de Murcia, que tienen por objeto potenciar los proyectos de cooperación tecnológica entre las pequeñas y medianas empresas.

Es objeto de este Programa, en el marco de la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3Mur, www.ris3mur.es), el desarrollo por parte de las empresas de la Región de Murcia de proyectos en cooperación de carácter tecnológico, con el objetivo de establecer una clara mejora competitiva de las mismas mediante actuaciones de investigación industrial y desarrollo experimental.

Se subvencionarán proyectos empresariales de investigación y desarrollo en régimen de colaboración efectiva entre empresas independientes, en los que participe al menos una PYME.
 
La cuantía máxima de subvención por proyecto será de trescientos mil euros  (300.000,00 €), estando limitada la subvención por cada entidad participante en el consorcio (beneficiario)  en cada proyecto, y en total para toda la convocatoria, a ciento cincuenta mil euros (150.000,00 €).
 
La intensidad de las subvenciones otorgadas dependerá del tipo de empresa  que participe en el proyecto:
·         No PYME: 40%
·         Mediana empresa: 50%
·         Pequeña empresa: 60%
 
La duración del proyecto será de 24 meses.
 
Gastos elegibles: Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a las actividades de investigación y desarrollo. El importe de estos costes no podrá superar el 60% del total de los costes subvencionables totales del proyecto. En su caso, el importe que supere dicho límite no resultará elegible.
 
No se considerarán elegibles aquellos proyectos que incluyan contratos o acuerdos firmados por el solicitante y un colaborador externo con fecha anterior a la solicitud; no obstante, deberá aportarse el plan de trabajo detallado del colaborador externo firmado por éste, en el momento de la solicitud de ayuda, para que pueda considerarse en su caso como gasto subvencionable en el proceso de evaluación del proyecto.
 
El criterio de imputación de costes indirectos será de tipo fijo del 25% de los costes directos subvencionables, salvo costes subvencionables correspondientes a subcontrataciones
 
Plazo de presentación: 18 de julio de 2019 hasta las 24 horas

Información: FREMM.
 

 

 


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